Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, alega la vulneración de su derecho al debido proceso y los principios de celeridad y seguridad jurídica, puesto que la autoridad demandada habría señalado audiencia cautelar en su contra para el 6 de noviembre de 2014, la cual fue suspendida para el 11 de dicho mes y año, sin dar cumplimiento a lo establecido en el art. 325 del CPP, modificado por la Ley 586, ante la existencia de la acusación formal en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Análisis del caso concreto
- LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO Y EFECTIVIZACIÓN DEL SISTEMA PROCESAL PENAL
- III.2.1. Otras consideraciones