SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
III.2. Análisis del caso concreto
La problemática central de la presente acción tutelar, es la denuncia de una audiencia cautelar contra el accionante sin haberse considerado que la acusación formal presentada en su contra debió ser remitida al Tribunal de Sentencia correspondiente, ello en cumplimiento de la Ley 586; por lo que, denuncia la vulneración de los derechos invocados mediante esta acción de libertad.
En ese sentido, de la revisión de obrados se tiene que en efecto cursa de fs. 3 a 12, acusación formal contra el ahora accionante y otra, presentada el 5 de septiembre de 2014, ante el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, por la supuesta comisión del delito de enriquecimiento ilícito y enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado; por lo que, María del Rosario Gutiérrez Wells, coimputada, solicitó el 4 de noviembre de igual año la remisión de obrados ante el Tribunal de Sentencia que corresponda, en cumplimiento de la Ley 586 (Conclusión II.3), habiendo merecido el proveído de 6 del mismo mes y año, dictado por la autoridad demandada en el sentido de no darse lugar a dicha solicitud en cumplimiento al Instructivo 012/2014 (Conclusión II.4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Análisis del caso concreto
- LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO Y EFECTIVIZACIÓN DEL SISTEMA PROCESAL PENAL
- III.2.1. Otras consideraciones