SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2015-S2

Fecha: 22-May-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante, a través de su abogada en audiencia a tiempo de ratificar los términos del memorial de amparo constitucional, señaló que, se vulneró el derecho a la igualdad, ya que el Título de Maestría en Educación Superior o Doctorado no puede ser supletorio a algún título de pregrado que es de licenciado, ya que dentro de los estatutos de la Universidad no existe la supletoriedad, quizá a la larga o en algún momento para futuros claustros se pueda modificar; este antecedente genera un precedente negativo a la Universidad, porque se estaría instituyendo los títulos de maestría y doctorado por un título de pregrado; es decir, que cualquier profesional que tenga los títulos antes mencionados en alguna ciencia, podrá prácticamente postularse a cualquier decanatura en cualquier carrera que oferte la UMRPSFXCH.