SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

Fragmento 12

           En forma anterior a efectuar el examen descrito en la parte in fine del punto III “Fundamentos Jurídicos del Fallo” glosado supra, corresponde referirse a la citación que se hizo a las autoridades demandadas, con la acción de libertad de exégesis, siendo que, conforme se advierte del punto I.2.2 y de la Conclusión II.5 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, éstas impugnaron a su turno, que no se efectuó una diligencia correcta con la misma, al haberse procedido a su citación, el 19 de noviembre de 2014, a horas 10:36 y 10:38, respectivamente, adjuntando únicamente el Auto de admisión de la acción constitucional planteada en su contra, y no así la demanda tutelar en sí; lo que derivó a su vez en que, el Juez de garantías, ordenara una nueva citación, conforme a derecho con los actuados correspondientes, sentándose nueva diligencia, en igual fecha, a horas 14:50, a ambos Magistrados demandados, realizándose finalmente, la audiencia tutelar en la fecha indicada a horas 15:00.