SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

I.2.2.

A su vez, María Lourdes Bustamante Ramírez, Magistrada de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, presentó el memorial cursante a fs. 31, haciendo conocer también su presunta notificación irregular con la acción de libertad, señalando que, el 19 de noviembre de 2014, a horas 10:36, recibió la notificación dispuesta por el Auto de admisión de 18 de igual mes y año, en la que se fijaba la audiencia de consideración de la garantía constitucional para ese día, a horas 15:00; sin embargo, se adjuntaba al referido Auto, una fotocopia de un memorial con la suma: “Interponer Recurso de Apelación Restringida”, no coincidiendo el nombre de la persona que lo interponía con el nombre del impetrante de tutela, no correspondiendo a la acción de defensa. Por lo que, pidió se subsane la “unificación” extrañada con la documentación pertinente, a fin de estar a derecho y asumir las acciones pertinentes previstas en el Código Procesal Constitucional.