AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2015-RCA
Fecha: 26-Jun-2015
I.2. Trámite Procesal sobre la competencia del Tribunal de garantías
Interpuesta la acción de amparo constitucional, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declinó competencia en razón del territorio, resolvió su remisión al Tribunal Departamental de Chuquisaca, éste último dispuso su devolución revelando que la competencia corresponde a aquella Sala, al haberse activado de forma legal, en resguardo de los derechos al juez natural y acceso a la justicia.
La Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; resolvió, que al haberse suscitado conflicto de competencia, se remitan antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional; donde por AC 034/2015-CA-CTG/S de 10 de abril a fs. 47, la Comisión de Admisión, declaró competente para conocer y resolver la presente acción a la Sala señalada ut supra.
Resuelta la competencia suscitada; Roberto Marcos Villa Pareja, reiteró su acción de defensa, en términos similares de su anterior memorial, agregó que la Ley de Procedimiento Administrativo, claramente señaló en su art. 3.II. inc. c) que el Ministerio Público no está sujeto al ámbito de aplicación de esa ley, por lo mismo que su persona para agotar la vía administrativa procedió conforme establece el art. 56 del Reglamento Específico de Control de Personal, al interponer recurso de revocatoria y jerárquico en un mismo tiempo, asimilando tal uso de manera simultánea por tratarse de una instancia última ante el Fiscal General del Estado, cuya autoridad superior dio curso y admitió; por tal cometido, explicó que prescinde del procedimiento administrativo que de aplicarse aquellos recursos como están previstos de forma alterna para el caso concreto, resultarían errados y contradictorios a la prescripción legal supra anotada, deduce que la táctica del Ministerio Público, es único y conocido como lo describe, una vez agotada la fase administrativa mencionada, ha presentado dentro del plazo establecido la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Trámite Procesal sobre la competencia del Tribunal de garantías
- I.4. Petitorio
- improcedencia
- I.
- a)
- Fragmento 8
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- 1)
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.3.1. Cumplimiento de los requisitos de admisión art. 33 del CPCo