SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

III.4.  El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada: Su ejecución y cumplimiento

Al respecto el ACP 0038/2014-O de 1 de diciembre, señaló que: “El art. 15.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), señala de manera expresa que: 'Las sentencias, declaraciones y autos del Tribunal Constitucional Plurinacional son de cumplimiento obligatorio para las partes intervinientes en un proceso constitucional…'; asimismo, el segundo parágrafo de esa disposición establece que: 'Las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional constituyen jurisprudencia y tienen carácter vinculante para los Órganos del poder público, legisladores, autoridades, tribunales y particulares'.