Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2015-S1
Fecha: 01-Jun-2015
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 20 de noviembre de 2014, cursante de fs. 120 a 123 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil de Quillacollo; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada: Su ejecución y cumplimiento
- se establece que la parte dispositiva de toda decisión constitucional con calidad de cosa juzgada, es de cumplimiento obligatorio para las partes procesales
- conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR