SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

III.4.   Análisis del caso concreto

Se tiene que, el accionante se apersonó a las oficinas del INRA, aproximadamente a las 11:45 del 28 de noviembre de 2014, para hacer seguimiento a un requerimiento fiscal de Oruro dentro un proceso por avasallamiento de tierras donde él es denunciado, entregado a esa institución en el mes de agosto, recibiendo como respuesta que la misma se encontraría pendiente; por lo que, preguntó dónde debía entregar la conminatoria al requerimiento referido emitido por Fiscal de Materia de Oruro (Conclusión II.1), habiendo sido mandado de ventanilla única a la oficina jurídica de dicha institución, donde se encontró con el demandado, ante quien se identificó como parte de un proceso a pesar de que en anteriores ocasiones se había dirigido a él para hacer seguimiento al requerimiento anterior, mandándole éste a otro lado, para volver posteriormente a la misma oficina, el demandado a la insistencia del accionante informa a la Jefa de Unidad -demandada- lo sucedido, la que indica que deje la conminatoria en otra dependencia del INRA, al momento de dirigirse al lugar indicado, es aprehendido por el demandado por haber cometido el delito “tipificado en el código penal en el Art. 163” (sic) en flagrancia y la demandada secuestró sus documentos y de acuerdo a la Conclusión II.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, llamó alrededor de las 12:15 al efectivo policial de seguridad del INRA, indicándole que ayude a trasladar al accionante a la FELCC, ya que Luis Rodrigo Morales Paucara -demandado- lo había aprehendido por el delito de anticipación y prolongación de funciones, cuando se constituyeron al puesto del policía de seguridad, el demandado señala que el accionante le había entregado un requerimiento y que le quería hacer firmar un requerimiento de Oruro.