Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
Fragmento 6
Finalmente, se hizo referencia al art. 20 del Reglamento para Trámites de Diplomas de Bachiller de 1 de agosto de 1999, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Tarija; el cual, estableció que únicamente se otorgarán tales Diplomas a egresados del Distrito Escolar del departamento de Tarija; y, el accionante egresó en el departamento de Cochabamba.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR