SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Al tramitar su Diploma de Bachiller en Humanidades en la UAJMS y presentar todos los requisitos que se requieren para ese fin, los funcionarios y el Jefe de la Unidad de Títulos y Grados de dicha Casa Superior de Estudios le comunicaron que no podían recepcionar sus documentos para procesar tal trámite, puesto que su persona realizó el último curso del ciclo medio en otro departamento, debiendo tramitar el mismo en ese lugar; ante tal extremo, interpuso un recurso en la vía administrativa ante el Rector de dicha Universidad -hoy demandado-; mereciendo como respuesta la nota de 16 de mayo de 2014, suscrita por el Secretario General de la misma institución, y adjuntado el informe legal 0203/2014 de 15 de idéntico mes; documentos con los que fue notificado el 19 del mismo mes y año; así también, refirió que canceló una multa por concepto de cada año de no tramitación de dicho Diploma; hecho que constituye un cobro ilegal al ser obligatorio e impuesto de manera previa para poder acceder al trámite.