SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

III.2.

         De los antecedentes cursantes en el legajo procesal, se advierte que, dentro del operativo denominado “Hadensa”, la Administradora de Aduana Interior Cochabamba, emitió la RA AN-GRCGR-CBBCI 0492/2013, contra la empresa “Engels, Merkel & CIA” S.A. -actual accionante-; a través de la cual, se le atribuyó la comisión de contrabando contravencional, por la mercancía comisada según Acta de Intervención Contravencional COA/RCBA-C-0389/2013 de 23 de mayo; determinación contra la cual, dicha empresa interpuso recurso de alzada, presentando ante esa instancia prueba de reciente obtención, consistente en las cajas correspondientes a los productos comisados por la ANB, procediéndose a la recepción del juramento correspondiente el 14 de octubre de 2013 (Conclusion II.1.1); ante lo que, la Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT de Cochabamba -ahora codemandada-, mediante Resolución ARIT-CBA/RA 0507/2013, resolvió anular la RA AN-GRCGR-CBBCI 0492/2013, con reposición de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta el Acta de Intervención Contravencional COA/RCBA-C- 0389/2013, disponiendo que la Administración Aduanera emita una nueva, estableciendo la relación de los hechos con la correcta y precisa aplicación de la normativa legal y la calificación de conducta, efectuando el aforo físico y documental de manera completa, correcta y exacta.

         Asimismo, se advierte que contra esa Resolución, la empresa accionante interpuso recurso jerárquico, emitiendo el Director Ejecutivo de la AGIT         -actual demandado-, la Resolución AGIT-RJ 0135/2014, mediante la cual dispuso anular la Resolución ARIT-CBA/RA 0507/2013, anulando obrados con reposición de actuados hasta la citada Resolución de alzada, debiendo la ARIT de Cochabamba pronunciarse sobre aspectos de fondo impugnados por la empresa accionante.