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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2015-S3

    Fecha: 10-Jun-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • i)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1. La acción de amparo constitucional frente a medidas de hecho. Jurisprudencia reiterada
    • delimitar los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional frente a vías de hecho, razón por la cual, es pertinente señalar que al ser las vías de hecho actos ilegales graves que necesitan una tutela pronta y oportuna, con la finalidad de brindar una tutela constitucional efectiva, es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad: 1) La flexibilización del principio de subsidiaridad; 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y, 3) Los presupuestos de la legitimación pasiva, su flexibilización excepcional y la flexibilización del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas
    • i) avasallamientos u ocupaciones por vías de hecho de predios urbanos o rurales privados o públicos con limitación arbitraria del derecho a la propiedad, la pérdida o perturbación de la posesión o la mera tenencia del bien inmueble
    • se constituye en una protección de naturaleza provisional y transitoria,
    • Fragmento 19
    • Fragmento 20
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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