Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
II.3.
II.3. Resolución Fiscal de 7 de noviembre, de Rechazo a la denuncia y querella presentada por Javier Alejandro Ayala del Carpio por la presunta comisión del delito de allanamiento en contra de Mariela Max Sejas, Pamela Sejas Max, Edson, Boris Marcelo, Noelia, Diego, Henry, Marcelo y Jimena todos Alcocer Montecinos, Amanda, Gabriela, Ángel, Elsa, Aida y José todos Alcocer López, Pedro Yapucon, Deivid Aguilar, Ángel Arroyo y David Sejas (fs. 105 a 110 vta.).
- acción de amparo constitucional
- “esta casa no está en venta” o “en proceso Judicial”,
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.9.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- la SC 1079/2010-R de 27 de agosto, determinó de manera clara que los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional; así la SC 0680/2006-R de 17 de julio, en lo pertinente manifestó lo siguiente:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR