SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
1)
La parte accionante ratificó los términos contenidos en la demanda, agregando que: 1) La accionante viene sufriendo abusos por parte de su hermano hace varios años atrás, existiendo incluso una sentencia ejecutoriada por violencia familiar y denuncias penales por amenazas, y robo; 2) El demandado no trabaja por lo que tiene una vida libertina consumiendo bebidas alcohólicas, situación que pone en peligro la integridad física de la accionante, dado que cuando se encuentra ebrio es más agresivo; y, 3) Por tratarse de medidas de hecho operó la excepción a la subsidiariedad, además conforme a lo expresado en la jurisprudencia constitucional sobre el tema, no se trata de identificar a los responsables del hecho sino de restablecer el goce de los derechos fundamentales vulnerados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- es pertinente señalar que al ser las vías de hecho actos ilegales graves que necesitan una tutela pronta y oportuna, con la finalidad de brindar una tutela constitucional efectiva, es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad: 1) La flexibilización del principio de subsidiaridad; 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR