Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2015-S3
Fecha: 05-Jun-2015
II.3.
II.3. Por Auto de 8 de septiembre de 2014, el Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, donde radicó la apelación planteada, señaló audiencia pública de apelación de medidas cautelares para horas 9:00 del 15 de septiembre del citado año, disponiendo la notificación a las partes procesales y la respectiva comunicación al Recinto Penitenciario “San Pedro” de La Paz para la conducción del detenido -ahora accionante- a dicha audiencia, quien fue notificado con dicho señalamiento el 11 del citado mes y año (fs. 63 y 67).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- a)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2º