Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 27 de 28 de agosto de 2014, cursante de fs. 15 a 22, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Héctor Gustavo Castellón Macchiavelli en representación sin mandato de Yesid Leandro Campuzano Cabra contra Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz y Ramiro Nemecio Coaquira Coaquira, Secretario Abogado de su similar Primero del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, fines y alcance
- Fragmento 10
- III.2.La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad
- se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Respecto a la responsabilidad de los servidores subalternos judiciales o de apoyo jurisdiccional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15