SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

III.3. Respecto a la responsabilidad de los servidores subalternos judiciales o de apoyo jurisdiccional

          La SCP 1216/2012 de 6 de septiembre, con relación a la legitimación pasiva del personal de apoyo jurisdiccional, utilizó el razonamiento contenido en la      SC 1093/2010-R de 27 de agosto, que reiteró a la SC 0332/2010-R de 17   de junio: “'Con relación a la responsabilidad del personal subalterno de los       Juzgados y Salas de las Cortes Superiores de Distrito y Corte Suprema de           Justicia, estableció «…que la administración de justicia está encomendada a       los órganos jurisdiccionales del Estado, de acuerdo con el art. 116.I, IV CPE         y art. 3 de la Ley de Organización Judicial (LOJ); en consecuencia son los          jueces los funcionarios que ejercen esa jurisdicción, entre tanto que los           secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades   jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o   instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones, por lo que no tienen         legitimación pasiva para ser demandados por cuanto no son los que asumen        determinaciones de orden jurisdiccional dentro de los procesos, salvo que   incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la           autoridad judicial´.

          Ampliando este entendimiento, es necesario establecer que la responsabilidad o no del personal subalterno por contravenir lo dispuesto por       la autoridad jurisdiccional será evaluada de conformidad a la actuación de esta, una vez prevenido de la omisión o comisión de la vulneración alegada,        con el objetivo de reconducir el procedimiento y restituir los derechos o garantías vulnerados, puesto que si la autoridad jurisdiccional convalida la           actuación, vulneradora o no del personal subalterno, automáticamente se   deslinda de responsabilidad, con la consecuencia de asumirla por completo'”.