SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

a)

Aide Mamani Romay Juez Primera de Instrucción de Familia, no asistió a la audiencia, pero presentó informe escrito, cursante de fs. 54 y vta., cuyo contenido fue leído en audiencia, con los siguientes aspectos: a) Germán Javier Tola Chura no hizo valer los argumentos expuestos concernientes a la convivencia existente, en la instancia judicial correspondiente; b) La Resolución de 26 de febrero de 2013, que rechazó la observación formulada, alternativamente aprobó la liquidación de pensiones devengadas en la suma de Bs37 595.-, le fue notificado al accionante de forma personal el 27 de marzo de dicho año, habiendo planteado recurso de apelación en el plazo previsto por ley, se le concedió la alzada por Resolución de 5 de mayo de 2014, ordenándose que provea los recaudos de ley, sin que dicha obligación haya sido cumplida; por lo que, se declaró la caducidad del recurso y la ejecutoria de la Resolución recurrida, en consecuencia vencido el plazo para el pago de las pensiones devengadas, se dispuso librarse el mandamiento de apremio; c) Respecto a la ejecución del mandamiento en horas extraordinarias, solo dio efectividad de los derechos reconocidos por el art. 91.II del Código de Procedimiento Civil (CPC); d) Se cumplieron con las notificaciones de orden personal, con la liquidación y la aprobación de dicha liquidación; y,       e) Con la acción de libertad, el solicitante de tutela pretende obtener su libertad y evitar el pago de la asistencia familiar.