SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0613/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0613/2015-S2

Fecha: 03-Jun-2015

II.3

II.3   El abogado defensor de Mario Adel Cossío Cortez, y otros por memorial  presentado el 31 de diciembre de 2012, planteó recurso incidental contra el Auto de 27 de diciembre de 2013, al considerar que éste se sustenta en una incorrecta comprensión y aplicación de la jurisprudencia constitucional que se glosó en forma descontextualizada y parcial el penúltimo, 9, 19 y 11 párrafo del Fundamento Jurídico III.4.1 de la 0SCP 770/2012, obvió citar deliberada y maliciosamente, además del último párrafo en el que se expuso el argumento determinativo, donde el Tribunal Constitucional Plurinacional estableció cinco sub reglas para la aplicación de la ley penal sustantiva emergente de la interpretación del art. 13 de la CPE, reglas que prohíben la aplicación retroactiva de la ley penal sustantiva y como excepción, solo cuando la ley sea favorable al imputado (fs. 13 a 18 vta.).