Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
II.3.
II.3. En mérito al Auto de Vista 11, el accionante Damián Panoso Rojas, interpuso recurso de casación pidiendo se case el Auto de Vista recurrido “…condenando en responsabilidad de multa a los vocales de la sala Penal Primera de la corte Superior de santa Cruz y a la Juez Técnico del Tribunal Séptimo de Sentencia en lo Penal de la Ciudad de Santa Cruz, casando totalmente el auto recurrido” (sic) (fs. 1315 a 1317).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- II.1.
- II.2.
- ADMISIBLE e IMPROCEDENTE
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el amparo constitucional contra resoluciones judiciales
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR