Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2015-S1
Fecha: 15-Jun-2015
II.5.
II.5. El 17 de junio de 2014, el accionante fue notificado con la Resolución 013/2014, y con el decreto de 6 de junio de 2014, emitido por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, este último refiere de la confirmación con la Resolución Sancionatoria, a objeto de que sea remitida para su cumplimiento al Comando General de la Policía Boliviana (fs. 1170 a 1171).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- después de analizar las pruebas aportadas de la defensa”
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3.1. El debido proceso
- III.3.2. La defensa
- III.3.3. Doble Instancia
- III.4. De la fundamentación de las decisiones, como elemento esencial del debido proceso
- III.5. Del control tutelar sobre la valoración de las pruebas
- III.5. Análisis del caso concreto