SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2015-S3

Fecha: 17-Jun-2015

Sentencia Constitucional No. 1375/2014 de 7 de julio de 2014

c)   Pero para el presente caso en particular cabe tenerse en cuenta la Sentencia Constitucional No. 1375/2014 de 7 de julio de 2014 ratificando lo señalado por la SCP 0211/2012 de 24 de mayo de 2012, con relación al avasallamiento o despojo violento de la propiedad plenamente demostrado, señaló: De otro lado cabe señalar que la jurisprudencia constitucional ha sido reiterada en dar protección a través de la acción de amparo constitucional en los supuestos de avasallamiento de propiedad o despojos violentos, tutela que ha sido brindada previo el cumplimiento de ciertos requisitos. Así la SC 0270/2010-R de 7 de junio, recogió el entendimiento jurisprudencial de la SC 094/2002-R de 5 de agosto, que determinó las condiciones para dicho otorgamiento, señalando lo siguiente: '… Para la procedencia de la protección inmediata del amparo en casos d despojo violento, no obstante existir otros medios legales, deben concurrir dos elementos: 1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado, y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes…'