Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S2
Fecha: 03-Jun-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución de 6 de diciembre de 2014, cursante de fs. 129 a 132, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Heidy Fabiola Letelier Rodríguez en representación sin mandato de Richard Montaño Pasquier contra Jeanett Norah Chamo Urquieta, Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. De las notificaciones en proceso penal
- toda notificación por defectuosa que sea en su forma, que cumpla con su finalidad (hacer conocer la comunicación en cuestión), es válida”
- III.3. Declaratoria de rebeldía y posibilidad del imputado o procesado de justificar ausencia al acto convocado
- en caso de comparecencia voluntaria del rebelde, o que sea aprehendido y puesto a disposición de la autoridad, el proceso continúa dejándose sin efectos las órdenes e instrucciones dispuestas
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR