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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2015-S2

    Fecha: 03-Jun-2015

    II.1.

    II.1.   Imputación formal de fecha 5 de noviembre de 2013, emitida por Weimar Barea Aramayo, Fiscal de Materia, en la que se imputa a Jesús Torrico Ramírez, Richard Montaño Pasquier, Yolanda Rodríguez de Marzana y Ninoska Ponce Villarroel de Montaño por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, estafa, estelionato, complicidad y asociación delictuosa. (fs. 2 a 11 vta). 

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.2.  De las notificaciones en proceso penal
    • toda notificación por defectuosa que sea en su forma, que cumpla con su finalidad (hacer conocer la comunicación en cuestión), es válida”
    • III.3.  Declaratoria de rebeldía y posibilidad del imputado o procesado de  justificar ausencia al acto convocado
    • en caso de comparecencia voluntaria del rebelde, o que sea aprehendido y puesto a disposición de la autoridad, el proceso continúa dejándose sin efectos las órdenes e instrucciones dispuestas
    • III.4.  Análisis en el caso concreto
    • CONFIRMAR

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