Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2015-S2
Fecha: 03-Jun-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 295 de 11 de noviembre de 2014, cursante de fs. 233 vta. a 236 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Hilaria Vásquez Camacho y Claudia Oroza de la Riva en representación legal de Eva Gladys Mallcu Huaylla contra Rosangela Frías Banegas y/o Jesús Salvador Vargas Cruz, Administradores a.i. de la Aduana Interior Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- 2. Las resoluciones sancionatorias.
- las resoluciones sancionatorias en contrabando, emitidas por la Aduana Nacional, configuran actos administrativos, por lo tanto, son susceptibles de recursos de alzada y jerárquico ante las instancias competentes antes detalladas y dentro de los plazos legales dispuestos por las normas precitadas”
- III.3.
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.4. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR en todo