Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.3.
II.3. Memorial de querella presentado por la accionante el 12 de agosto de 2014, ante el Juzgado de Sentencia Penal de turno del departamento de La Paz (fs. 48 a 49 vta.), mereciendo como respuesta la Resolución 037/2014 de 15 de igual mes y año, emitida por el Juez Primero de Sentencia Penal del mismo departamento, mediante la cual desestima la querella presentada contra la hoy demandada por la supuesta comisión del delito de despojo (fs. 35 a 36).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño o que el medio de defensa que se tiene expedito resulte ineficaz
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR