Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2015-S1
Fecha: 22-Jun-2015
II.3.
II.3. Por memorándum 22/14 de 15 de mayo de 2014, el Director del SEDES Tarija, designó como Coordinadora Departamental del UNI con Item 76967 a Elva Gisbert Catari (fs. 37); la Jefatura de Recursos Humanos del SEDES, certificó el 24 de noviembre de 2014, que la accionante trabajó como consultora desde septiembre de 2012 hasta mayo de 2014 e hizo conocer que el 15 del mismo año fue reincorporada al mismo Programa como Nutricionista con Ítem Tesoro General de la Nación (TGN)76967; funciones que desempeña hasta la fecha (fs. 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4.
- III.5. Sobre la legitimación pasiva
- Fragmento 15
- III.6.Análisis del caso concreto
- los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir;
- CONFIRMAR