SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
a)
El Banco Mercantil Santa Cruz S.A., a través de su abogado, en audiencia, manifestó que: a) La accionante y dos personas más de dicha entidad, hicieron otorgar créditos al esposo de la nombrada de manera irregular, pues el carnet de identidad del mismo, figuraba como soltero siendo casado, detectando esta irregularidad después de mucho tiempo, habiendo iniciado un proceso interno; antes del cual, se hizo una auditoria interna que recomendó el proceso disciplinario; b) La accionante asumió defensa; empero, el proceso interno disciplinario concluyó con la sanción de retiro para la misma, por incumplimiento del contrato laboral, de acuerdo con los arts. 16 de la LGT y 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario; c) Se le pagaron sus beneficios sociales; d) Estableció que el “Director General del Trabajo”, no sería la autoridad competente para llevar ese tipo de procesos y que los mismos serían nulos de pleno derecho; e) Presentó recurso de nulidad y recurso jerárquico, siendo que el último se encontraría en trámite; y, f) El Encargado de control de personal de Recursos Humanos (RRHH), mediante memorándum otorgó a dos analistas de dicha institución, la facultad para ejecutar la Resolución sumarial; motivo por el cual, firmaron el memorándum de despido.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- 3) En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 del Código antes referido y art. 9 del Decreto Reglamentario (DR), en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR