Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogado, en audiencia, ratificó in extenso los términos de su memorial de amparo constitucional y ampliando los términos del mismo, manifestó que la causal de su despido fue “supuestamente” por haber infringido el art. 16 incs. d), e) y f) de la LGT, siendo que el primer y último de los incisos señalados fueron derogados; asimismo, le extrañó que se haya señalado al art. 9 del Decreto Reglamentario como causal de despido, siendo que este se refiere al incumplimiento de un contrato.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- 3) En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 del Código antes referido y art. 9 del Decreto Reglamentario (DR), en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR