SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

II.3.

II.3.  El 28 de julio de 2014, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial mediante Auto Definitivo “90/2014”, dentro del proceso en cuestión, rechazó la excepción de prescripción de la acción y aceptó la excepción de obscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda, debiendo la parte demandante aclarar su demanda respecto al último punto, en el plazo de cuarenta y ocho horas de su legal notificación, bajo conminatoria de darse por no presentada la misma (fs. 20 vta.).