SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2015-S3

Fecha: 02-Jun-2015

I.2.3. Intervención de la tercera interesada

Neiddy Pamela Villarroel Escobar, a través de su representante legal, Rubén Oscar Guillen Lizárraga, en audiencia, expresó que el accionante debió haber acudido previamente a los recursos de revocatoria y jerárquico; además, señaló que no existiría relación de causalidad entre el supuesto hecho de vulneración y la documentación “…menos aún se acciona contra las autoridades que emitieron la resolución No. 108/2013…” (sic), y que al no haber notificado a Herminia Quiroga Higueras, quien fue designada en lugar del accionante, se estaría vulnerando el derecho al debido proceso; en consecuencia, los efectos de la presente acción tutelar no la “alcanzarían”.