Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
II.8.
II.8. Acción de amparo constitucional, interpuesta por Roger Humberto Uñoja Chungara y Allan Manuel Navia Montaño contra la UARGM y el Ministerio del Trabajo Empleo Previsión Social (fs. 41 a 47 vta.), que fue declarada improcedente por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 48 a 50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social. Protección al Trabajador
- III.2. De
- en todo caso tendrá carácter provisional, en tanto se sustancie y resuelva el caso en sede judicial
- será siempre de carácter provisional;
- III.3. Análisis del caso concreto
- emitió la Conminatoria Sobre Reincorporación Laboral JDTS/CONM 43/2014 de 26 de mayo de 2014, a favor de los accionantes
- REVOCAR