Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la educación y al debido proceso en sus elementos del derecho a la defensa, al acceso a la justicia y al juez natural, por la autoridad demandada, por Resolución de recurso jerárquico 313/2014 de 7 de agosto, confirmó la Resolución 02/2014 de 23 de julio, que lo sancionó con la baja definitiva de la UNIPOL Sucre, sin considerar los elementos de prueba aportados por su parte a efectos de desvirtuar la denuncia de paternidad formulada en su contra, correspondiendo en todo caso, a una autoridad jurisdiccional, pronunciarse sobre el tema.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Restricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la valoración de la prueba
- la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR