SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

II.7.

II.7.  El 17 de septiembre de 2013, mediante nota ZFC/DGE/Of 540/2013, la autoridad demandada respondió a la carta notariada de 16 de igual mes y año, señalando que la petición indicada fue respondida mediante informe ZFC/UAJ/INF/092/2013, desconociendo el motivo por el que no recogió la misma; el cual refiere que, trabajó desde enero a diciembre de 2012, y posteriormente de 14 de enero a mayo de 2013, por lo que no hubo una continuidad laboral (fs. 111 a 115).