Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia como vulnerados sus derechos a la estabilidad e inamovilidad laboral como padre progenitor, al debido proceso, a la defensa, a la vida, a la salud, a la seguridad social y a una remuneración; por cuanto, el 21 de enero de 2014, fue despedido de manera arbitraria, intempestiva, ilegal e injusta por Félix Baldir Banega Arce Gerente General de la empresa NUDELPA Ltda., sin que se inicie proceso interno en su contra ni tomando en cuenta que tenía un hijo menor de un año; como consecuencia de ello, le privaron de atención médica y recursos económicos para el sustento de su familia, poniendo en riesgo la salud de su cónyuge y de su hijo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Felix Baldir Banega Arce,
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- vale decir que, cuando se denuncia un acto ilegal u omisión indebida y éstos cesan con anterioridad a la celebración de la audiencia del recurso, sin mayor análisis se deberá denegar la tutela por la cesación de la causa que lo motivó, pues implica la desaparición del objeto del recurso'.
- Fragmento 13
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido