Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S3
Fecha: 22-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa y el principio de celeridad, debido a que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de asesinato, en audiencia de medidas cautelares de 7 de enero de 2015, plantearon recurso de apelación incidental; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad, no se encuentran elaboradas el acta ni la resolución correspondiente, demora que las deja en indefensión pues desconocen los riesgos procesales que deben desvirtuar obstaculizando el poder defenderse en libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- remitido inexcusablemente en el plazo improrrogable de veinticuatro horas y el tribunal de apelación resolver en el término de setenta y dos horas
- REVOCAR