SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0693/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0693/2015-S2

Fecha: 19-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Resolución Municipal 82/2013 de 2 de agosto , fue elegido Presidente del Concejo Municipal de Entre Ríos, con la participación de cuatro concejales; cargo que ejerció hasta el 16 del mismo mes y año, puesto que el 19 de igual mes y año, el Vicepresidente de dicho Concejo, Teófilo Murillo Bayara asumió de hecho la Presidencia en forma interina y convocó a la sesión extraordinaria de 22 de agosto de 2013, en la cual eligieron a Sonia Carina Zambrana Borja como Presidenta del ente deliberante; ejerciendo el cargo en forma paralela, condición que inclusive reclamó para sí misma, mediante la acción de amparo constitucional interpuesta el 27 de agosto de 2013, en la que denunció la supuesta “auto designación” y posesión en la que hubiese incurrido el accionante.

Al efecto, mediante Resolución 01/2013 de 30 de agosto, el Juez del Tribunal de Sentencia Mixto de Entre Ríos, constituido en Juez de garantías denegó la acción de amparo constitucional y la tutela judicial efectiva que demandó; no obstante de lo cual, continuó en ejercicio del cargo, dictando resoluciones, firmando y cumpliendo gestiones administrativas –entre ellas la aprobación del Plan Operativo Anual (POA) de la gestión 2014– cual si fuese la Presidenta legítimamente constituida, con riesgo y perjuicio de la función administrativa que podría generarle responsabilidades; toda vez que, atentó a sus derechos constitucionales al trabajo y al debido proceso, aclarando que cumplió el principio de subsidiariedad ante la inminente ejecución de las vías de hecho denunciadas.