SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0693/2015-S2
Fecha: 19-Jun-2015
III.1.
Este Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la revisión y análisis efectuado en la SCP 0831/2012 de 20 de agosto, estableció lo siguiente: “El orden constitucional boliviano, dentro de las acciones de defensa, instituye en el art. 128 la acción de amparo constitucional como un mecanismo de defensa que tendrá lugar contra los 'actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley'.
Del contenido del texto constitucional de referencia, puede inferirse que la acción de amparo constitucional es un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, cuyo ámbito de protección se circunscribe respecto de aquellos derechos fundamentales y garantías que no se encuentran resguardados por los otros mecanismos de protección especializada que el mismo orden constitucional brinda a los bolivianos, como la acción de libertad, de protección de privacidad, popular, de cumplimiento, etc. Asimismo, desde el ámbito de los actos contra los que procede, esta acción se dirige contra aquellos actos y omisiones ilegales o indebidos provenientes no sólo de los servidores públicos sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1.
- a) de sujetos
- III.2.
- la nulidad de la sesión ordinaria de 2 de agosto de 2013 y de la Resolución 82/2013 de la misma fecha
- nulidad de la sesión de 2 de agosto de 2013 y de las Resoluciones 82/2013
- En relación a los sujetos
- Sobre el objeto de ambas acciones
- es la sesión ordinaria de 2 de agosto de 2013 y la Resolución Municipal 082/2013
- Samuel Adautt Fernández como Presidente del Concejo Municipal de Entre Ríos,
- REVOCA R en todo