SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2015-S2

Fecha: 24-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Al amparo de la Ley Autonómica Municipal 32/2014 de 14 de agosto, que regula la ocupación y uso de espacios público, se emitió el Decreto Edil 015/2014 de 11 de diciembre, mediante el cual se dispuso que la “Feria de Navidad y Año Nuevo” que se realizaba en inmediaciones del Estadio Olímpico Patria, debía trasladarse a la Villa Bolivariana, por cuanto su estructura y ubicación, responden a la necesidades de dicha actividad.

Añade que, ante esa determinación, miembros del Sindicato de Comerciantes Minoristas 1 de Mayo y Federación de Gremiales 12 de octubre -entre otros-, manifestaron su disconformidad a lo dispuesto, procediendo de manera ilegal y arbitraria al armado de tarimas y casetas en el área liberada, motivando que, mediante CITE DESPACHO 2455/2014 de 10 diciembre, solicite a la Policía Boliviana, a través del Comandante Departamental de Chuquisaca, proceda al patrullaje correspondiente a fin de evitar el asentamiento de comerciantes informales; sin embargo, no obtuvo respuesta alguna.

Finaliza manifestando que, mediante CITE DESPACHO 3046/2014 de 15 de diciembre, reiteró a la autoridad demandada, de cumplimiento a la normativa referida a la realización de la señalada feria y proceda al patrullaje de la zona, sin haber obtenido pronunciamiento alguna hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, hecho que evidencia el incumplimiento del deber omitido.