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    AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2015-RCA

    Fecha: 29-Jul-2015

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución 45/2015 de 23 de junio, cursante de fs. 21 a 22, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Betty del Carmen Poma Tarqui contra Fernando Aranibar Rico y Grover Jhonn Cori Paz, Vocales de Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y Walter Aguilar Sumi, Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social del mismo departamento.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • improcedencia “in limine”
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
    • permite la interposición del recurso de apelación fundamentada en el término de tres días, cuando se trate de autos interlocutorios.
    • corresponde aplicar de forma supletoria en el presente caso, el Código de Procedimiento Civil, en cuanto se refiere a la interposición de recurso ulterior, luego de la emisión de un auto de vista que resuelva un incidente
    • Autos de vista referentes a autos interlocutorios que pusieren término al litigio
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • II.3.1. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 del CPCo)

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