AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2015-RCA

Fecha: 29-Jul-2015

i)

La accionante manifestó que: i) No se observó el debido proceso en materia laboral; toda vez que, se vio sometida a un irregular procedimiento, acudió ante la justicia constitucional, al haber agotado todos los recursos legales posibles y cumplió plenamente con el requisito de subsidiariedad, ya que sino existe otro medio de reparación procesal; al haber presentado un incidente de nulidad que fue rechazado, posteriormente apeló la decisión, y confirmado el rechazo, no puede presentar otro incidente con identidad de causa, ni apelar a ninguna otra instancia; ii) En ese sentido, no existe otra forma para reparar el daño causado respecto al trámite que se debería seguir para resolver el mencionado incidente previsto en el art. 146 del CPT; y, iii) Al haberse dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 33, 56 y 66 del COPo, no corresponde declarar la improcedenciain limine” de la presente acción de defensa.