Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2015
Fecha: 21-Jul-2015
art. 33.6
El estatuyente, procedió a reformular el art. 33.6 del proyecto de norma básica institucional, conforme a los arts. 302.I.10 de la CPE, que señala a esta materia como competencia exclusiva municipal; y 298.II.22 de la Norma Suprema que asigna como competencia exclusiva de nivel central del Estado el catastro rural, por consiguiente se declara la compatibilidad.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- reinsertar
- Observación:
- 5.
- I.
- éstos podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante normas y procedimientos propios y de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal”
- 6
- art. 33.6
- del nivel central del Estado, departamentales e indígenas
- “98. Bienes de dominio público y bienes de dominio privado municipal.
- III.Son bienes de dominio privado municipal:
- Texto original:
- “176. Transición hacia la aplicación plena de la Carta Orgánica Municipal.
- Texto
- 3º Disponer