SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2015
Fecha: 16-Jul-2015
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 21 del mismo mes y año, Eduardo Durán Arciénega, querellante; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ramiro Vargas Zárate, por la presunta comisión del delito de feminicidio, formuló respuesta al incidente de inconstitucionalidad, señalando que el imputado nuevamente interpone uno irrisorio por los mismos motivos de un anterior incidente que fue retirado, y ahora simplemente subsanando las observaciones de hecho y de derecho que fueron planteadas en primera instancia por el Ministerio Público y su persona; en tal antecedente solicita su rechazo in limine, en sujeción al art. 315 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que dispone que no se puede plantear nuevamente un incidente por los mismos motivos (fs. 18 a 19).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- “
- I.2. Admisión y citación en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- f)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- “Artículo 8.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad
- III.2. Sobre la falta de fundamentación entre la norma impugnada de inconstitucionalidad y los preceptos constitucionales que se creen conculcados
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto