Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2015-S2
Fecha: 10-Jul-2015
II.5.
II.5. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por (Resolución Ministerial (RM) 067/15 de 4 de febrero de 2015, resuelve revocar el Auto de 4 de septiembre de 2014 y la conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 043/2014 de 21 de julio, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba y declinar competencia a la instancia jurisdiccional ante la identificación de hechos controvertidos (fs. 151 a 158).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Sobre el incumplimiento a la conminatoria de reincorporación de los trabajadores en la normativa laboral
- carácter extraordinario y provisional,
- III.2.El debido proceso en el orden constitucional
- el derecho al debido proceso no solamente es exigible dentro de los procesos judiciales, sino que también abarcan a los procesos administrativos, jurisprudencia que no contradice los principios constitucionales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR