Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2015-S3
Fecha: 06-Jul-2015
II.6.
II.6. Cursa Informe de Verificación JDTSC/UI/VER 006/2014 de 4 de junio, por el que se comunica al Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, que el accionante, miembro del sindicato de trabajadores de la empresa “Base” S.A., a esa fecha no fue reincorporado conforme instruyó la Conminatoria JDTSC/CONM.32/2014 (fs. 71 a 72).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la imposibilidad de hacer cumplir conminatorias de reincorporación laboral por lesión al debido proceso
- no resulta lógico que la justicia constitucional ejecute una resolución que no respeta estándares del debido proceso
- lo contrario resultaría inejecutable, debiendo en su caso, previamente subsanarse en la vía administrativa previamente a que la justicia constitucional disponga su ejecución
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR