SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2015-S1

Fecha: 03-Jul-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante ratificó los argumentos de su demanda; y, añadiendo refirió que al haberse anulado la Resolución determinativa, como efecto de la decisión  asumida en el recurso jerárquico, operó la prescripción en aplicación de la Ley 291 gestión 2012, derogada por la Ley 317 gestión 2013, por  tanto se repuso el art. 60 del CT, que refiere que la prescripción corre a partir del primer día del año siguiente a aquel en que se produjo el vencimiento del periodo de pago respectivo.