SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2015-S3

Fecha: 03-Jul-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2006, presentó solicitud de conciliación ante el Juez Agroambiental -ahora demandado-, en el cual María de Fátima Paz Mora y su esposo se comprometieron a dejar el terreno que le pertenece y que recibió por herencia al fallecimiento de su padre; luego de dos años de la conciliación arribada y cuando estaba ejerciendo su derecho propietario de pedir medidas precautorias para que le entreguen dicho predio, la “demandada” reclamó la nulidad de dicha conciliación, y el citado Juez, mediante una Resolución dejó sin efecto el desapoderamiento dispuesto cuando éste se encontraba plenamente ejecutoriado, aduciendo que debían acudir a la vía correspondiente, sin respetar el acuerdo mencionado.

El citado incidente no procedía en ejecución de sentencia; por lo que, la autoridad judicial ahora demandada no mantuvo firme la Resolución que dispuso el desapoderamiento y el retiro forzoso de los entonces demandados, mismos que se obligaron voluntariamente a entregar el predio que le pertenece y que hasta la fecha sigue siendo aprovechado por esas personas.