Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera vulnerados sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, al debido proceso y a la igualdad jurídica; por cuanto, dentro de un procedimiento conciliatorio, el Juez demandado emitió un fallo por el que dejó sin efecto el desapoderamiento que él mismo dispuso, sin una debida motivación y sin respetar el acuerdo de conciliación efectuado, que tiene el valor de cosa juzgada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es una obligación para toda autoridad judicial y/o administrativa, a tiempo de resolver todos los asuntos sometidos a su conocimiento, exponer las razones suficientes de la decisión adoptada acorde a los antecedentes del caso en relación a las pretensiones expuestas por el ajusticiado o administrado, en razón a que el omitir las explicaciones por las cuales se arribó a una determinada Resolución, implica suprimir una parte estructural de la misma.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 3)
- CONFIRMAR