SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2015-S3

Fecha: 03-Jul-2015

II.2.

II.2.  Mediante memorial de 6 de enero de 2014, el actual accionante solicitó “RESOLUCIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE LIQUIDACIÓN Y PAGO DE LO ADEUDADO” (sic), mereciendo la providencia de la misma fecha que indicó: “Se tiene presente a momento de dictar resolución…” (sic) (fs. 15 a 18); por otro lado, el 10 de marzo del citado año, pidió la ejecutoria de autos apelados, obteniendo como respuesta la providencia de 12 del mismo mes y año, que indicó: “Se tiene presente lo argumentado en lo principal, por lo que pase a despacho para su correspondiente resolución y sea de acuerdo a la carga procesal que tiene este despacho judicial…” (sic) (fs. 19 a 21).